PRAIS
Programa de Reparación
en Atención Integral en Salud (PRAIS)
y Derechos Humanos *
El Programa de Reparación y Atención Integral en Salud, PRAIS, nació en 1991
como respuesta del sector salud al compromiso de reparación asumido por el
Estado con las víctimas de la represión política, durante el período del
Gobierno Militar en Chile.
¿En qué consiste el Programa?
1. Acceso gratuito de los beneficiarios a todas las prestaciones de salud
disponibles en todos los establecimientos de la red pública de salud. Es
decir, los beneficiarios PRAIS tienen derecho gratuito a exámenes, consultas
médicas, hospitalizaciones, cirugías, medicamentos, etc. en la misma forma y
condiciones en que estas prestaciones son entregadas a la población
beneficiaria del FONASA.
2. Atención de especialidad para el tratamiento de las secuelas en la salud
mental, entregada por los equipos PRAIS y consistente en: atención
psiquiátrica, psicoterapia individual, familiar y grupal, intervenciones
psicosociales, entre otras
En consecuencia, los beneficiarios PRAIS tienen derecho a la gratuidad de
las prestaciones médicas a que se refiere la ley Nº 18.469, en la modalidad
de atención institucional.
En lo relativo al Régimen de Granitas Explicitas, a los beneficiarios PRAIS
se les aplicarán las normas generales en relación a las garantías señaladas
en el artículo 2º de la ley Nº 19.966 y a la cobertura indicada en el
Párrafo 2º del Título I de la misma ley.
Como usuarios del sistema público de salud, los beneficiarios PRAIS
adquieren los derechos establecidos para todos los beneficiarios FONASA, y
en particular el derecho a recibir atención reparatoria en salud y el
derecho de organizarse y participar en los consejos de participación que la
Ley de Autoridad Sanitaria crea tanto en los establecimientos como a nivel
de la Red Asistencial y de la Secretaría Regional Ministerial de Salud. Del
mismo modo, adquieren también los deberes establecidos para todos los
beneficiarios FONASA, y en particular el deber de organizarse, cooperar con
el equipo de salud en la difusión del Programa y en la promoción del respeto
a los derechos humanos y el deber de hacerse co-responsables de sus procesos
terapéuticos.
La condición de beneficiario PRAIS no constituye una modalidad previsional
de salud
¿Quiénes son beneficiarios PRAIS?
De acuerdo a lo establecido en el artículo séptimo de la ley 19.980, son
beneficiarios del PRAIS las siguientes personas:
a) Padre, Madre, Hermanos, Cónyuge, Padre o Madre de los hijos de filiación
no matrimonial del causante, Hijos y Nietos de las víctimas reconocidas por
los informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y de la
Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.
b) Aquellas personas que estén acreditadas como beneficiarios de este
programa hasta el día 30 de agosto del año 2003, inclusive.
c) Aquellos que hubieren trabajado en la protección de los derechos
humanos, prestando atención directa a las personas señaladas en las letras
anteriores, por un período continuo de a lo menos 10 años, acreditado por el
PRAIS.
d) Aquellos que se individualizan en la Nómina de Personas Reconocidas como
Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión
Política y Tortura. (Modificación introducida por artículo 9º de la Ley
19.992)
¿Cómo puede acceder al PRAIS?
Para ingresar a PRAIS las personas beneficiarias deben solicitar hora para
entrevista en el equipo PRAIS del Servicio de Salud correspondiente a su
domicilio y presentar los antecedentes y documentación necesarios que
permitan acreditar la calidad de beneficiario, incluyendo los documentos
legales que certifique la relación familiar cuando corresponda.
Una vez ingresado al Programa, el beneficiario recibirá la Credencial PRAIS
que consiste en una tarjeta modelo único, la que tendrá que ser debidamente
firmada y timbrada por el Director del Servicio de Salud donde se otorga, o
por el funcionario en quien éste haya delegado dicha función. Acto seguido,
el Servicio de Salud enviará los datos de identificación y la fecha de
ingreso para ser incorporado en el Registro Nacional de Beneficiarios PRAIS
acreditados, que corresponderá mantener y operar el al Fondo Nacional de
Salud
El uso de la credencial PRAIS es intransferible, su duración es indefinida
y tiene validez en todo el territorio nacional, independientemente del lugar
donde fue emitida, y en la totalidad de los establecimientos que constituyen
el Sistema Nacional de Servicios de Salud, o que están adscritos al mismo,
incluyendo los establecimientos de atención primaria municipal, así como los
establecimientos experimentales de salud
A partir de los 18 años se podrá acceder a una credencial individual, a
solicitud del beneficiario
La acreditación e identificación como persona beneficiaria PRAIS es
requisito para la atención reparatoria en salud en todos los
establecimientos que constituyen el Sistema Nacional de Servicios de Salud.
Antecedentes para la acreditación beneficiario PRAIS
La documentación que utilizan los equipos PRAIS para acreditar la situación
represiva es la siguiente:
- Listado de víctimas reconocidas en el Informe de la Comisión Nacional de
Verdad y Reconciliación.
- Informe de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.
- Listado de víctimas reconocidas en el Informe de la Comisión Nacional
sobre Prisión Política y Tortura.
- Listado oficial emitido por el Ministerio del Interior de Víctimas con
resultado de muerte en los delitos por los cuales fueron sentenciados los
beneficiarios de la ley 19.965.
- Certificado de Organismos de Derechos Humanos que acredite que la persona
solicitante trabajó en la protección de los derechos humanos, prestando
atención directa a las personas beneficiarias PRAIS, por un periodo continuo
de a lo menos 10 años.
Para el caso de los beneficiarios establecidos en la letra a) del artículo
7º de la Ley 19.980, el solicitante debe presentar los documentos legales
que certifique la relación familiar con el causante. (certificados de
nacimiento, de matrimonio, etc.)
¿Dónde atiende el PRAIS?
De acuerdo a lo establecido en el artículo 7º de la Ley 19.980, cada
Servicio de Salud debe contar con un Equipo PRAIS, responsable de la
acreditación e ingreso así como de la incorporación del beneficiario a la
red asistencial según sus necesidades de salud:
Servicio de Salud Arica
18 de Septiembre 1691, Arica
Fono: 254599
Encargada: Carola González E.
Servicio de Salud Iquique
Héroes de la Concepción s/n, Iquique
Fono: 395555
Encargado: Edgardo Mollo L.
Servicio de Salud Antofagasta
Avda. Argentina 1962, Antofagasta
Fono: 262571
Encargada: Ada Alvaréz
Servicio de Salud Atacama
Chacabuco 520, Copiapó
Fono: 214410
Encargada: M. Eugenia Cavada E.
Servicio de Salud Coquimbo
Avda. Videla esq. Carmona, Coquimbo
Fono: 328577
Encargado: Javier Latorre N.
Servicio de Salud Valparaíso
Subida El Peral Nº 5, Valparaíso
Fono: 217616
Encargada: Gladis Sanhueza J.
Servicio de Salud Viña del Mar
Alvarez 1600, Viña del Mar
Fono: 501131
Encargado: Ricardo Navarro
Servicio de Salud Aconcagua
Cajales 1900, San Felipe
Fono: 518125
Encargado: Ghristian Ramonda G.
Servicio de Salud O'Higgins
Calle Bueras 141, Rancagua
Fono: 228124
Encargado: Alberto Blest I.
Servicio de Salud del Maule
Uno Oriente 1639, Talca
Fono: 224534
Encargada: Blanca Iturra R.
*Servicio de Salud Ñuble *
Constitución 1099
Fono: 227741
Encargado: Shirley Wall
Servicio de Salud Concepción
Maipú 218, Concepción
Fono: 320220
Encargada: Marina Casanova
Servicio de Salud Talcahuano
Thompon 86, Talcahuano
Fono: 409134
Encargado: Camilo Bass del C.
*Servicio de Salud Bio Bio*
Los Carrera 244, Los Angeles
Encargada: Romanet Rivas R.
Servicio de Salud Arauco
Carrera 302, Lebu
Fono: 611855
Encargada: Danay Subiabre
Servicio de Salud Araucanía Norte
Cautin 702, Angol
Fono: 712373
Encargado: Pablo Mora L.
Servicio de Salud Araucania Sur
Miraflores 1369, Temuco
Fono: 404009
Encargada: Anna Berkhoff T.
*Servicio de Salud Valdivia*
Chacabuco 700, Valdivia
Fono: 297850
Encargado: Jorge Moya G.
Servicio de Salud Osorno
Germán Hube 1435, Osorno
Fono: 259254
Encargado: Pedro Fritz C.
Servicio de Salud Llanchipal
Seminario s/n Pto. Montt
Fono: 261340
Encargada: Mabel Utz G.
Servicio de Salud Aysén
Dr. Jorge Ibar 0168, Coyhaique
Fono: 216486
Encargado: Oscar Waissbluth
Servicio de Salud Magallanes
Las Heras 825, Punta Arenas
Fono: 265868
Encargado: Enzo arias I.
Servicio de Salud Metropolitano Oriente
Avda. Salvador 364, Providencia
Fono: 3404309
Encargada: Doris Figueroa Q.
Servicio de Salud Metropolitano Central
Copiapó esq. Nataniel, Santiago
Fono: 5690651
Encargado: Esteban Zamorano H.
Servicio de Salud Metropolitano Sur
Santa Rosa 3453, San Miguel
Fono: 3946314
Encargado: Joel Espina S.
*Servicio de Salud Metropolitano Norte *
Profesor Zañartu 1085, Independencia
Fono: 3832953
Encargado: Carlos Lozano R.
*Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente *
Concha y Toro 3459, Pte. Alto
Fono: 3536574
Encargada: Alida Caballero
*Servicio de Salud Metropolitano Occidente *
Teniente Cruz 800, Pudahuel
Fono: 3878899
Encargada: Marcela Delgado M.
*Ministerio de Salud*
MacIver 459, Santiago
Fono: 6300739
Encargada: Irma Rojas M.
en Atención Integral en Salud (PRAIS)
y Derechos Humanos *
El Programa de Reparación y Atención Integral en Salud, PRAIS, nació en 1991
como respuesta del sector salud al compromiso de reparación asumido por el
Estado con las víctimas de la represión política, durante el período del
Gobierno Militar en Chile.
¿En qué consiste el Programa?
1. Acceso gratuito de los beneficiarios a todas las prestaciones de salud
disponibles en todos los establecimientos de la red pública de salud. Es
decir, los beneficiarios PRAIS tienen derecho gratuito a exámenes, consultas
médicas, hospitalizaciones, cirugías, medicamentos, etc. en la misma forma y
condiciones en que estas prestaciones son entregadas a la población
beneficiaria del FONASA.
2. Atención de especialidad para el tratamiento de las secuelas en la salud
mental, entregada por los equipos PRAIS y consistente en: atención
psiquiátrica, psicoterapia individual, familiar y grupal, intervenciones
psicosociales, entre otras
En consecuencia, los beneficiarios PRAIS tienen derecho a la gratuidad de
las prestaciones médicas a que se refiere la ley Nº 18.469, en la modalidad
de atención institucional.
En lo relativo al Régimen de Granitas Explicitas, a los beneficiarios PRAIS
se les aplicarán las normas generales en relación a las garantías señaladas
en el artículo 2º de la ley Nº 19.966 y a la cobertura indicada en el
Párrafo 2º del Título I de la misma ley.
Como usuarios del sistema público de salud, los beneficiarios PRAIS
adquieren los derechos establecidos para todos los beneficiarios FONASA, y
en particular el derecho a recibir atención reparatoria en salud y el
derecho de organizarse y participar en los consejos de participación que la
Ley de Autoridad Sanitaria crea tanto en los establecimientos como a nivel
de la Red Asistencial y de la Secretaría Regional Ministerial de Salud. Del
mismo modo, adquieren también los deberes establecidos para todos los
beneficiarios FONASA, y en particular el deber de organizarse, cooperar con
el equipo de salud en la difusión del Programa y en la promoción del respeto
a los derechos humanos y el deber de hacerse co-responsables de sus procesos
terapéuticos.
La condición de beneficiario PRAIS no constituye una modalidad previsional
de salud
¿Quiénes son beneficiarios PRAIS?
De acuerdo a lo establecido en el artículo séptimo de la ley 19.980, son
beneficiarios del PRAIS las siguientes personas:
a) Padre, Madre, Hermanos, Cónyuge, Padre o Madre de los hijos de filiación
no matrimonial del causante, Hijos y Nietos de las víctimas reconocidas por
los informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y de la
Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.
b) Aquellas personas que estén acreditadas como beneficiarios de este
programa hasta el día 30 de agosto del año 2003, inclusive.
c) Aquellos que hubieren trabajado en la protección de los derechos
humanos, prestando atención directa a las personas señaladas en las letras
anteriores, por un período continuo de a lo menos 10 años, acreditado por el
PRAIS.
d) Aquellos que se individualizan en la Nómina de Personas Reconocidas como
Víctimas, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión
Política y Tortura. (Modificación introducida por artículo 9º de la Ley
19.992)
¿Cómo puede acceder al PRAIS?
Para ingresar a PRAIS las personas beneficiarias deben solicitar hora para
entrevista en el equipo PRAIS del Servicio de Salud correspondiente a su
domicilio y presentar los antecedentes y documentación necesarios que
permitan acreditar la calidad de beneficiario, incluyendo los documentos
legales que certifique la relación familiar cuando corresponda.
Una vez ingresado al Programa, el beneficiario recibirá la Credencial PRAIS
que consiste en una tarjeta modelo único, la que tendrá que ser debidamente
firmada y timbrada por el Director del Servicio de Salud donde se otorga, o
por el funcionario en quien éste haya delegado dicha función. Acto seguido,
el Servicio de Salud enviará los datos de identificación y la fecha de
ingreso para ser incorporado en el Registro Nacional de Beneficiarios PRAIS
acreditados, que corresponderá mantener y operar el al Fondo Nacional de
Salud
El uso de la credencial PRAIS es intransferible, su duración es indefinida
y tiene validez en todo el territorio nacional, independientemente del lugar
donde fue emitida, y en la totalidad de los establecimientos que constituyen
el Sistema Nacional de Servicios de Salud, o que están adscritos al mismo,
incluyendo los establecimientos de atención primaria municipal, así como los
establecimientos experimentales de salud
A partir de los 18 años se podrá acceder a una credencial individual, a
solicitud del beneficiario
La acreditación e identificación como persona beneficiaria PRAIS es
requisito para la atención reparatoria en salud en todos los
establecimientos que constituyen el Sistema Nacional de Servicios de Salud.
Antecedentes para la acreditación beneficiario PRAIS
La documentación que utilizan los equipos PRAIS para acreditar la situación
represiva es la siguiente:
- Listado de víctimas reconocidas en el Informe de la Comisión Nacional de
Verdad y Reconciliación.
- Informe de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.
- Listado de víctimas reconocidas en el Informe de la Comisión Nacional
sobre Prisión Política y Tortura.
- Listado oficial emitido por el Ministerio del Interior de Víctimas con
resultado de muerte en los delitos por los cuales fueron sentenciados los
beneficiarios de la ley 19.965.
- Certificado de Organismos de Derechos Humanos que acredite que la persona
solicitante trabajó en la protección de los derechos humanos, prestando
atención directa a las personas beneficiarias PRAIS, por un periodo continuo
de a lo menos 10 años.
Para el caso de los beneficiarios establecidos en la letra a) del artículo
7º de la Ley 19.980, el solicitante debe presentar los documentos legales
que certifique la relación familiar con el causante. (certificados de
nacimiento, de matrimonio, etc.)
¿Dónde atiende el PRAIS?
De acuerdo a lo establecido en el artículo 7º de la Ley 19.980, cada
Servicio de Salud debe contar con un Equipo PRAIS, responsable de la
acreditación e ingreso así como de la incorporación del beneficiario a la
red asistencial según sus necesidades de salud:
Servicio de Salud Arica
18 de Septiembre 1691, Arica
Fono: 254599
Encargada: Carola González E.
Servicio de Salud Iquique
Héroes de la Concepción s/n, Iquique
Fono: 395555
Encargado: Edgardo Mollo L.
Servicio de Salud Antofagasta
Avda. Argentina 1962, Antofagasta
Fono: 262571
Encargada: Ada Alvaréz
Servicio de Salud Atacama
Chacabuco 520, Copiapó
Fono: 214410
Encargada: M. Eugenia Cavada E.
Servicio de Salud Coquimbo
Avda. Videla esq. Carmona, Coquimbo
Fono: 328577
Encargado: Javier Latorre N.
Servicio de Salud Valparaíso
Subida El Peral Nº 5, Valparaíso
Fono: 217616
Encargada: Gladis Sanhueza J.
Servicio de Salud Viña del Mar
Alvarez 1600, Viña del Mar
Fono: 501131
Encargado: Ricardo Navarro
Servicio de Salud Aconcagua
Cajales 1900, San Felipe
Fono: 518125
Encargado: Ghristian Ramonda G.
Servicio de Salud O'Higgins
Calle Bueras 141, Rancagua
Fono: 228124
Encargado: Alberto Blest I.
Servicio de Salud del Maule
Uno Oriente 1639, Talca
Fono: 224534
Encargada: Blanca Iturra R.
*Servicio de Salud Ñuble *
Constitución 1099
Fono: 227741
Encargado: Shirley Wall
Servicio de Salud Concepción
Maipú 218, Concepción
Fono: 320220
Encargada: Marina Casanova
Servicio de Salud Talcahuano
Thompon 86, Talcahuano
Fono: 409134
Encargado: Camilo Bass del C.
*Servicio de Salud Bio Bio*
Los Carrera 244, Los Angeles
Encargada: Romanet Rivas R.
Servicio de Salud Arauco
Carrera 302, Lebu
Fono: 611855
Encargada: Danay Subiabre
Servicio de Salud Araucanía Norte
Cautin 702, Angol
Fono: 712373
Encargado: Pablo Mora L.
Servicio de Salud Araucania Sur
Miraflores 1369, Temuco
Fono: 404009
Encargada: Anna Berkhoff T.
*Servicio de Salud Valdivia*
Chacabuco 700, Valdivia
Fono: 297850
Encargado: Jorge Moya G.
Servicio de Salud Osorno
Germán Hube 1435, Osorno
Fono: 259254
Encargado: Pedro Fritz C.
Servicio de Salud Llanchipal
Seminario s/n Pto. Montt
Fono: 261340
Encargada: Mabel Utz G.
Servicio de Salud Aysén
Dr. Jorge Ibar 0168, Coyhaique
Fono: 216486
Encargado: Oscar Waissbluth
Servicio de Salud Magallanes
Las Heras 825, Punta Arenas
Fono: 265868
Encargado: Enzo arias I.
Servicio de Salud Metropolitano Oriente
Avda. Salvador 364, Providencia
Fono: 3404309
Encargada: Doris Figueroa Q.
Servicio de Salud Metropolitano Central
Copiapó esq. Nataniel, Santiago
Fono: 5690651
Encargado: Esteban Zamorano H.
Servicio de Salud Metropolitano Sur
Santa Rosa 3453, San Miguel
Fono: 3946314
Encargado: Joel Espina S.
*Servicio de Salud Metropolitano Norte *
Profesor Zañartu 1085, Independencia
Fono: 3832953
Encargado: Carlos Lozano R.
*Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente *
Concha y Toro 3459, Pte. Alto
Fono: 3536574
Encargada: Alida Caballero
*Servicio de Salud Metropolitano Occidente *
Teniente Cruz 800, Pudahuel
Fono: 3878899
Encargada: Marcela Delgado M.
*Ministerio de Salud*
MacIver 459, Santiago
Fono: 6300739
Encargada: Irma Rojas M.
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